PREGUNTAS FRECUENTES

Categorización de clientes residenciales y comerciales

Para la aplicación de los Conceptos Tarifarios, la Resolución ENARGAS I409 determinó 8 categorías de consumos para clientes residenciales y comerciales en función a los rangos de consumo que se describen en el cuadro incorporado a continuación. Esta categorización se realiza considerando los consumos del período corriente (es decir el de la presente factura) más los 5 períodos inmediatos anteriores, teniendo en cuenta que es móvil, es decir varía ante la merma o la suba de consumo.

Para ver los rangos de consumos que se tienen en cuenta para la asignación de categoría Click Aqui

Para informarse más sobre otros tipos de clientes puede hacerlo accediendo a Click Aqui

Tenemos cuatro oficinas comerciales ubicadas en Buenos Aires, Santa Teresita, Mar de Ajó y San Clemente del Tuyú.

Se paga la factura en cualquiera de nuestras oficinas comerciales (Ver al pie de esta página), en estos Medios de pago y en esta web en la Oficina Virtual pague de forma online en 5 minutos por Mercado Pago.

Para reestablecer el suministro de gas natural a su propiedad, el titular debe presentarse en una oficina comercial con su DNI. En el caso de ser un nuevo titular o inquilino, solicitemos que también presente la escritura de la propiedad o el contrato de alquiler actual.

 

Si el suministro de gas ha sido suspendido por razones imputables al cliente (corte por deuda, solicitud anterior de baja), primero deberá resolver la situación que motivó el corte. Por ejemplo, para reconectar un servicio cortado por deuda, deberá abonar todas las facturas impagas y el cargo de la reconexión en caso de ser un usuario residencial. Si el suministro suspendido por mora es de tipo no residencial adicionalmente a lo mencionado en el párrafo anterior deberá abonar un depósito de garantía conforme a lo establecido en el reglamento de servicio en su punto 5(c) .

 

Si la propiedad a reconectar ha estado sin suministro de gas por un periodo de más de un año, es necesario dar intervención a un gasista matriculado, lo cual presentará el Formulario 3.5 Final para determinar la condición de la propiedad. En el caso que la propiedad haya permanecido sin suministro de gas por un periodo de menos que un año, ninguna inspección es necesaria. Dentro las 72 horas de la aprobación de la reconexión, colocaremos su medidor.

Sr. Usuario, El trámite para acceder al beneficio, se realiza únicamente solicitando turno previamente en las oficinas de ANSES (1) o por la pagina web (2).
Una vez otorgado, el ENARGAS lo informará a Compañía de Gas de la Costa para que sea incorporada en la primera liquidación del Servicio Público a emitir.
Cualquier duda que tenga acerca de la operatoria descripta envíe un mail a tarifasocial@gasdelacosta.com.ar


Primero, averigüe si su propiedad ya está servida por la red. Si tiene red, puede solicitar conexión a la misma. Si no tiene acceso, debe solicitar la construcción de la red. Averigüe ahora para más información sobre los trámites.

Acuérdese que se paga en forma mensual, así que debe recibir una liquidación todos los meses. Si no le llega, puede soliciitarla por en la OFICINA VIRTUAL  ,WAHTSAPP (+549 2257 541043 / +549 2257 660517), o solicitarla por mail a facturadigitalgas@cesop.com.ar le reenviaremos una copia de la factura. También puede concurrir a una oficina comercial. 

EBP (Entidades de Bien Público)
El Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad recibe las solicitudes, confecciona el registro y envía el pedido de tarifa diferencial a la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, que evalúa la solicitud y en caso afirmativo notifica a las empresas para que les aplique el descuento correspondiente en el servicio público indicado.
¿A quién está dirigido?
Asociaciones Civiles, Simples Asociaciones, Fundaciones y Organizaciones Comunitarias sin fines de lucro.
Pagina para Inscribirse Click Aqui

Se podrá solicitar la tarifa diferencial siempre que:
* Las actividades que brinden no estén aranceladas.
* No sean instituciones educativas de carácter privado.
* No hayan sido creadas por una empresa comercial, bancaria, productiva, o de servicios con fines de lucro.
* No tengan su sede central en el extranjero.
* No sean entidades religiosas, las que se tramitan a través de la Secretaria de Culto.

ENTIDADES RELIGIOSAS

Es necesaria inscripción previa, para ello deben comunicarse al:
Tel: 4819-7019/7564
Mail: tarifadiferencialcultos@mrecic.gov.ar